Subvenciones 2025 para instalaciones fotovoltaicas en viviendas y empresas

En abril de 2025 la Junta de Andalucía aprobó unas nuevas ayudas para instalaciones solares fotovoltaicas de autoconsumo en hogares y empresas, dentro del programa de incentivos al uso eficiente de la energía epyme.es. Estas subvenciones permiten costear una parte de la instalación de paneles solares, incluyendo opcionalmente baterías de almacenamiento.

A continuación, resolvemos las dudas más frecuentes –quién puede solicitarlas, cuánto dinero se ofrece, cómo se cobra y qué documentación hace falta– según las bases reguladoras publicadas (Orden de 24/04/2025) epyme.es.

¿Quién puede solicitar la subvención?

Principalmente pueden solicitar esta ayuda los propietarios de viviendas particulares y las empresas privadas en Andalucía. En concreto, está dirigida a personas físicas que sean dueñas de una vivienda (ya sea vivienda habitual o segunda residencia) y a empresas de cualquier tamaño (pequeñas, medianas y grandes) que realicen una instalación fotovoltaica para auto autoconsumo

Es indiferente si la vivienda es unifamiliar o un piso en comunidad de vecinos (siempre que la solicitud la haga un particular propietario); y en el caso de empresas, pueden ser tanto autónomos o pymes como grandes compañías de sectores admitidos en la convocatoria .

¿Cuál es el importe de la subvención?

El importe de la ayuda varía según el tipo de beneficiario y si la instalación incluye baterías de almacenamiento. A grandes rasgos existen dos mecanismos de cálculo:

  • Viviendas particulares (autoconsumo residencial): la subvención es de cantidad fija por potencia instalada. Se otorga entre 300 y 600 euros por cada kWp (kilovatio pico) de paneles solares instalados. La cuantía exacta por kW depende del tamaño de la instalación: las instalaciones pequeñas obtienen el tope alto 600 €/kWp y las de mayor tamaño reciben el importe más bajo 300 €/kWp dentro de ese rango. Si la instalación fotovoltaica lleva una batería asociada, también se subvenciona parte del almacenamiento con una ayuda fija entre 140 y 490 euros por cada kWh de capacidad de la batería. En total, para un hogar la ayuda pública puede llegar a cubrir aproximadamente entre un 30% y 80% del coste del proyecto, e incluso acercarse al 85% en zonas rurales o pequeños municipios prioritarios.
  • Empresas (autoconsumo en pymes y grandes empresas): la subvención cubre un porcentaje del coste de la instalación fotovoltaica. Los porcentajes de ayuda dependen del tamaño de la empresa (según clasificación UE) –las empresas pequeñas pueden obtener alrededor del 50% de subvención, las medianas en torno al 40%, y las grandes aproximadamente un 30%– dentro de los límites establecidos. Por ejemplo, una pyme podría conseguir entre el 35% y 50% del coste subvencionado, mientras que una gran empresa accedería a un 15%–30%. Si además el proyecto incluye una batería de almacenamiento, la parte de la inversión en la batería se incentiva con un porcentaje mayor (aproximadamente entre 45% y 65% del coste de la batería, según el tamaño empresarial. En resumen, las ayudas para empresas oscilan globalmente entre el 15% y el 50% de la inversión en los paneles solares, pudiendo subir hasta un 65% sobre la inversión en baterías en el caso de pequeñas empresas.

¿Qué documentación es necesaria para solicitarla?

Para pedir la subvención es necesario preparar varios documentos técnicos y administrativos. En la solicitud inicial te van a requerir principalmente lo siguiente.

  • Presupuesto detallado de la instalación fotovoltaica propuesta, emitido por la empresa instaladora (debe incluir el desglose de costes de paneles, inversor, batería si aplica, mano de obra, etc.).
  • Memoria técnica del proyecto, que describa las características de la instalación (potencia de los paneles, ubicación, esquema de conexión, etc.). Normalmente la elabora y facilita la empresa instaladora.
  • Certificado de eficiencia energética del edificio (CEE) previo a la obra. Este certificado del inmueble, expedido por un técnico, es obligatorio presentarlo antes de la instalación para muchas ayudas energéticas. Sirve para acreditar la situación energética inicial de la vivienda o local.
  • Declaración o justificante de no inicio de la instalación. Se debe certificar que la obra no ha comenzado aún en el momento de la solicitud (por ejemplo, aportando un documento de fecha de aceptación del presupuesto posterior a la publicación de las bases). En otras palabras, no haber empezado a instalar nada antes de pedir la subvención.

IMPORTANTE:

Las nuevas ayudas de 2025 para instalaciones fotovoltaicas en Andalucía son compatibles con las deducciones fiscales por obras de mejora energética en viviendas, pero con matices importantes que debes tener en cuenta.

¿Qué deducciones fiscales están vigentes?

A día de hoy, siguen en vigor las siguientes deducciones estatales (aplicables a nivel nacional):

1. Deducción del 40%

  • Para viviendas que reduzcan su demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 30%.
  • También límite de 5.000 anuales.

2. Deducción del 60%

  • Para actuaciones que mejoren la eficiencia de edificios residenciales completos (por ejemplo, comunidades).
  • Límite: 15.000 por contribuyente.

Todas estas deducciones requieren un certificado de eficiencia energética antes y después de la actuación, y el gasto debe pagarse por medios bancarios.

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