Protege tu inversión solar: Notifica a tu seguro y brilla sin riesgos

Instalar paneles solares es una magnífica inversión, pero desde el punto de
vista asegurador supone una “alteración del riesgo” que debe comunicarse
cuanto antes a la compañía. Además, las coberturas varían (continente,
contenido o suplemento específico) y algunas aseguradoras, como Mapfre,
Generali o Allianz, ya han creado cláusulas y garantías especiales para placas
solares, pero exigen que el sistema conste en póliza. Informar a su
aseguradora garantiza que sus paneles, el inversor y las baterías queden
plenamente protegidos.

  1. ¿Por qué hay que comunicar la instalación?
    1.1 Obligación legal
    El art. 11 de la Ley 50/1980 impone al asegurado el deber de notificar “tan
    pronto como sea posible” cualquier circunstancia que agrave el riesgo
    contratado; de lo contrario. Instalar paneles añade elementos eléctricos sobre
    cubierta, incrementa el valor del continente y modifica la exposición a eventos
    meteorológicos, por lo que encaja plenamente en el concepto de agravación.
  2. Riesgos de no notificar
  3. Rescisión o reducción de indemnización – facultad reconocida por la
    LCS cuando hay ocultación dolosa o culposa.
  4. Aumento retroactivo de prima con efecto inmediato o aplicación de
    franquicias especiales.
  5. Exclusión de daños específicos (p. ej. granizo, robo de cableado) que
    el asegurador considera “riesgos no declarados”.
  6. Pasos para comunicar correctamente
  7. Revise su póliza: compruebe si las instalaciones fijas de generación
    están ya cubiertas o requieren un suplemento.
  8. Prepare documentación técnica: memoria de diseño, certificado de
    instalación.
  9. Notifique por escrito indique potencia, ubicación (tejado, marquesina,
    suelo) y valor aproximado. Conserve acuse de recibo.
  10. Confirme nuevas primas y franquicias antes de aceptar. El
    asegurador debe comunicar cualquier aumento con al menos dos meses
    de antelación al vencimiento.
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